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miércoles, 10 de octubre de 2018

Devoluciòn de impuestos

Me preguntan sobre la página para pedir la devolución del IVA.

En Ecuador se puede pedir la devolución de los siguientes impuestos:
  • Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  • Devolución del Impuesto a la Renta (IR)
  • Devolución del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)
  • Devolución del Impuesto Redimible a las Botellas Plasticas
El IVA se puede reclamar si se solicita:
  • Devolución del IVA a personas adultos mayores Ir a la página
  • Devolución del IVA a exportadores de bienes Ir a la página
  • Devolución del IVA a personas con discapacidad Ir a la página 
  • Devolución del IVA a proveedores directos de exportadores de bienes Ir a la página
  • Devolución del IVA a turistas extranjeros Ir a la página
  • Devolución del IVA a GADS y universidades públicas Ir a la página
  • Devolución del IVA pagado por la adquisición local de chasis y carrocerías Ir a la página
  • Devolución del IVA por uso de medios electrónicos de pagos Ir a la página
  • Devolución del IVA pagado por aerolíneas por la adquisición de combustible Ir a la página 
  • Devolución del IVA a misiones diplomáticas, consulados, organismos internacionales Ir a la página
  • Devolución del IVA a entidades detalladas en el primer inciso del artículo 73 de la LRTI Ir a la página
  • Devolución del IVA a operadores de turismo receptivo Ir a la página
  • Devolución del IVA sobre retenciones en la fuente Ir a la página
  • Devolución del IVA a ejecutores de convenios internacionales Ir a la página

Si quien solicita el IVA no es un ecuatorian@ mayor de 65 años, exportador, con discapacidad, etc.... deberá ir a "Devolución del IVA sobre retenciones en la fuente" siguiendo el link en la lista arriba.

Ahí encontrará la información sobre el procedimiento, formatos, base legal e incluso un link para seguir el estado del proceso.

viernes, 15 de diciembre de 2017

Comprobantes electrónicos y declaraciones

Al hacer su declaración debe tener a mano sus comprobantes emitidos y los que ha recibido en el periodo que está declarando.  Desde que el SRI obligó a muchos establecimientos a emitir las facturas electrónicas, las declaraciones de renta y/o IVA han cambiado para bien y para mal.

Antes debía tener sus comprobantes físicos, clasificarlos, quizá ordenarlos por fechas y luego del registro, análisis, resumen, suma, etc realizaba la declaración.  Ahora deberá ingresar al SRI y cotejar sus facturas físicas con las electrónicas y más aún, buscar en línea las que no recibió de forma física.  En algunos establecimientos recibe un comprobante que NO es una factura ni una copia de ella, la factura esta "en línea" y debe ir por su documento al sitio web del SRI.

Para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y con una cantidad pequeña de comprobantes (recibidos y entregados) este proceso podría incluso omitirse, pero para los obligados a llevar contabilidad, para llenar el anexo transaccional, el obtener TODAS las facturas recibidas en el mes/semestre/año es obligatorio y laborioso.

Uno de los beneficios de los comprobantes electrónicos es que simplifican el llenado del formulario de gastos personales; sorprendentemente, muchos de los comprobantes que haya recibido ya estarán ahí.... ya no tendrá que introducir el número de comprobante de todos, solo de aquellos que aún no emiten facturas electrónicas.  También la cantidad de información "cruzada" que posee sobre usted el SRI le facilitará un poco la declaración del impuesto a la renta, ahí deberá verificar que las cifras del formulario reflejen sus ingresos, egresos, activos, etc.

Con estos antecedentes, me pregunto si la nueva campaña de emisión de facturas electrónicas  (por parte de pequeños contribuyentes) resultará en un proceso más sencillo al declarar para el contribuyente o tanto control entorpecerá la recaudación?, está el SRI listo para manejar un volumen aún mayor de información?

martes, 21 de mayo de 2013

Declaraciones de IVA en Ecuador

Las declaraciones de IVA en Ecuador se hacen cada seis meses o cada mes.  Al momento de abrir su RUC, la persona que lo atiende en la oficina del SRI determina (o quizá lo haga el sistema...) si su declaración de IVA será mensual o semestral.  Es posible también que después de un tiempo esto cambie, es decir que en lugar de declarar cada seis meses deba declarar cada mes.

¿Semestral o mensual?, para los profesionales, en general, la declaración es semestral, pero se de muchos que están obligados a hacerlo mensualmente.  También según la actividad económica, el SRI maneja ciertos criterios y por el volumen de ventas "esperado", ellos le asignan la declaración mensual.

Me han comentado: "Mi primo y yo somos abogados, el declara semestralmente, pero yo debo hacerlo cada mes" ¿Se puede cambiar esto?..... Pues esta persona trató y quien le tocó en el turno del SRI le dijo que no pese a que sus ventas son escasas, de entre 1 a 3 y eventualmente 5 facturas emitidas en el mes.

Antaño era mas complicado declarar cada mes... debía acercarse a algún banco, llenar los formularios sin errores, cancelar los valores de multas si correspondía, el valor del formulario y la comisión del banco.  Ahora desde enero de este año (2013), todos están obligados a obtener una clave personal en el SRI y realizar sus declaraciones en internet.

Declarar el IVA por internet permite ahorrar tiempo, aunque si debe cancelar algún valor en su declaración esto aún demanda trasladarse al banco o firmar un convenio con el SRI.  Esto último no agrada a muchas personas que desconfían y/o desconocen sobre débitos automáticos y transferencias.

Pero para realizar adecuadamente su declaración de IVA, hay que hacerse de algunos conocimientos tributarios, practicar y descargar el software que gratuitamente está disponible en la página del SRI. (www.sri.gob.ec)


¿sin tiempo para declarar? contácteme