jueves, 14 de abril de 2016

Cierre definitivo del RUC


Para cerrar el RUC de forma definitiva o temporal luego de ingresar como usuario, debe elegir la opción "SUSPENSION DE RUC", aparecerá en la pantalla la imagen de arriba.

Luego da clic en suspender y sigue los pasos.  La fecha de cese de actividades debe ser un día del mes anterior.

Por ejemplo:  María A. con cédula 1745360240 hace sus declaraciones el 16 de cada mes, para cerrar el RUC debe escoger un día anterior entre el 1 al 15 del mes.  María A. quiere cerrar su RUC hoy, Abril 14, en primer lugar la declaración correspondiente a Marzo debió hacerla hace uno o dos días laborables antes del día de cierre.  María A. ingresa como fecha de cierre el 31 de Marzo.  Cuando se ingresa la fecha de cese ésta NO debe ser en el mes del cierre ya que si indica esto se obliga a presentar la declaración correspondiente al mes de Abril entonces, la fecha de cese puede ser cualquier día de Marzo incluso el 31.

Tome en cuenta que si inicia el trámite de cierre de RUC y por ahí queda una factura pendiente de cobro, la fecha de emisión de esa factura será hasta el día de cierre señalado en el trámite.  

Evite problemas, asegúrese de no tener cuentas por pagar o cobrar y luego cierre su RUC. (consulte su fecha de declaración en las entradas anteriores)